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Memoria Técnica de Diseño (MTD): qué es, cuándo se necesita y qué debe incluir (ITC-BT-04)

Qué es la Memoria Técnica de Diseño según la ITC-BT-04, cuándo sustituye al Proyecto técnico (y por qué una vivienda unifamiliar casi nunca necesita Proyecto), el contenido mínimo que exige la norma, quién puede firmarla, y su relación con el Certificado de Instalación.

Actualizado: 2026-07-16

Proyecto o Memoria Técnica de Diseño: dos vías, no dos documentos

La ITC-BT-04 (apdo. 2, p.51) exige que toda instalación se ejecute “sobre la base de una documentación técnica que, en función de su importancia, deberá adoptar una de las siguientes modalidades”: Proyecto, redactado y firmado por un técnico titulado competente, o Memoria Técnica de Diseño (MTD), que puede firmar la propia empresa instaladora. Son dos vías alternativas y excluyentes para la misma instalación, no dos trámites acumulables: cuál corresponde lo decide únicamente la potencia y el tipo de instalación, según la tabla del apartado siguiente.

Cuándo hace falta Proyecto (y por qué una vivienda casi nunca lo necesita)

La ITC-BT-04 (apdo. 3, p.52-53) fija umbrales de potencia por tipo de instalación a partir de los cuales es obligatorio el Proyecto. Los dos grupos que afectan a vivienda:

GrupoTipo de instalaciónRequiere Proyecto si
eEdificios de viviendas, locales comerciales y oficinas (no locales de pública concurrencia)P > 100 kW por caja general de protección
fViviendas unifamiliaresP > 50 kW

El suministro monofásico máximo que contempla la ITC-BT-10 para una vivienda es 14.490 W (63 A) — muy por debajo del umbral de 50 kW del grupo f. En la práctica, ninguna vivienda unifamiliar española llega nunca al umbral de Proyecto: le corresponde Memoria Técnica de Diseño siempre. La ITC-BT-04 (apdo. 4, p.53) lo confirma con un criterio residual: “Requerirán Memoria Técnica de Diseño todas las instalaciones sean nuevas, ampliaciones o modificaciones no incluidas en los grupos indicados en el apartado 3.” Es el alcance exacto de REBT Studio: generar la MTD de vivienda, no un Proyecto de edificio industrial o de pública concurrencia.

Qué debe incluir la MTD según la norma

La ITC-BT-04 (apdo. 2.2, p.52) exige que la MTD “se redacte sobre impresos, según modelo determinado por el Órgano competente de la Comunidad Autónoma”, con este contenido mínimo literal:

  • Los referentes al propietario
  • Identificación de la persona que firma la memoria y justificación de su competencia
  • Emplazamiento de la instalación
  • Uso al que se destina
  • Relación nominal de los receptores que se prevea instalar y su potencia
  • Cálculos justificativos de las características de la línea general de alimentación, derivaciones individuales y líneas secundarias, sus elementos de protección y sus puntos de utilización
  • Pequeña memoria descriptiva
  • Esquema unifilar de la instalación y características de los dispositivos de corte y protección adoptados, puntos de utilización y secciones de los conductores
  • Croquis de su trazado

De estos nueve puntos, REBT Studio genera automáticamente desde el diseño 3D los que dependen del cálculo normativo — relación de receptores y potencia, cálculos justificativos de secciones y protecciones, y esquema unifilar (desarrollado con el mismo criterio que los artículos de cálculo de sección de cable y circuitos de vivienda). Los datos administrativos —propietario, emplazamiento, identificación del firmante— siguen siendo responsabilidad de quien redacta la memoria.

Quién puede firmar una MTD

A diferencia del Proyecto, que exige un técnico titulado competente, la MTD la puede firmar “la empresa instaladora para la categoría de la instalación correspondiente o el técnico titulado competente” (ITC-BT-04, apdo. 2.2, p.52). Quien firme “será directamente responsable de que la misma se adapte a las exigencias reglamentarias” — sin visado colegial, pero con la misma responsabilidad legal sobre el contenido técnico.

MTD y boletín eléctrico no son lo mismo

La MTD documenta el diseño: qué se va a instalar, antes o durante la obra. El boletín eléctrico —el Certificado de Instalación que regula el mismo ITC-BT-04— lo emite el instalador después de ejecutar la obra, y declara expresamente que lo construido se ajusta a esa MTD y al REBT. Son dos documentos consecutivos del mismo trámite, no intercambiables: la MTD es un anexo obligatorio que acompaña siempre al Certificado cuando se presenta ante el Órgano competente. El desarrollo completo del Certificado de Instalación —qué debe incluir, quién lo emite, por qué la compañía eléctrica no da de alta el suministro sin él— está en el artículo de boletín eléctrico.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede firmar una Memoria Técnica de Diseño?

La empresa instaladora habilitada para la categoría de la instalación correspondiente o un técnico titulado competente (ITC-BT-04, apdo. 2.2). Quien la firma es directamente responsable de que se adapte a las exigencias reglamentarias.

¿Una vivienda necesita Proyecto o basta con la MTD?

Basta con la MTD en la práctica totalidad de los casos: el Proyecto solo es obligatorio en vivienda unifamiliar a partir de 50 kW (grupo f de la ITC-BT-04), y el suministro monofásico máximo que contempla la ITC-BT-10 es de 14.490 W. Ninguna vivienda unifamiliar alcanza ese umbral.

¿La MTD necesita visado colegial?

No. Se redacta sobre los impresos oficiales que determina cada Comunidad Autónoma y no requiere visado; la responsabilidad legal sobre el contenido técnico recae íntegramente en quien la firma.

¿La MTD y el boletín eléctrico son el mismo documento?

No. La MTD documenta el diseño antes o durante la obra; el boletín (Certificado de Instalación) lo emite la empresa instaladora después de ejecutarla, declarando que lo construido se ajusta a esa MTD y al REBT. La MTD acompaña siempre al Certificado en el trámite ante la Comunidad Autónoma.

¿Cuándo hay que presentar la MTD?

Antes de la puesta en servicio de la instalación: la empresa instaladora la presenta ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma junto con el Certificado de Instalación (ITC-BT-04, apdo. 5.5). No se presenta nunca sola.

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